
En la sentencia se estima parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto por el encarcelado, que había pedido una indemnización de diez millones de euros. Este hombre había sido condenado en junio de 2002 por la audiencia provincial de Almería a trece años de prisión por un delito de violación con uso de armas, pena confirmada en marzo de 2003 por el tribunal supremo, que desestimó el recurso de casación interpuesto por el procesado.
E. K. E. Z. había sido declarado culpable tras la denuncia interpuesta por una mujer en agosto de 2001 en la comisaría de El Ejido (Almería), en la que afirmaba que el acusado la había obligado con un cuchillo a practicar sexo oral, versión que ratificaría ante los magistrados de la audiencia provincial.
Posteriormente, la mujer confesó la falsedad de la denuncia y fue condenada en febrero de 2009 a tres años de prisión por un delito de falso testimonio, por lo que el ministerio fiscal y los letrados de la defensa del condenado interpusieron un recurso de revisión que fue admitido por el tribunal supremo, anulando la condena de la audiencia provincial.
Por supuesto, ninguno de los culpables de todo esto sufrirá ningún problema.
Fuente de la información: Efe.
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