miércoles, 16 de abril de 2014

El supremo absolvió de un delito que no cometió a un preso que murió en la cárcel.


La sala de lo penal del tribunal supremo anuló la sentencia por la que se condenó a Antonio Guile Martínez como autor de un delito de robo con violencia y falta de lesiones , tras demostrarse la inocencia del condenado, muerto en prisión.

Según la nota de prensa publicada este miércoles 26 de marzo por el tribunal asesino, y difundida por la prensa burguesa, en una sentencia cuyo ponente ha sido Manuel Marchena, el supremo estima el recurso de revisión que presentó la fiscalía en después de aparecer nuevos elementos de prueba que evidenciaban la inocencia del condenado. En concreto, una prueba de ADN presentada cuando la sentencia era firme y el condenado ya había muerto, víctima del terrorismo estatal y carcelario.
La sentencia del juzgado de lo penal número 10 de Sevilla consideró probado (sin la prueba de ADN, ¿Por qué no culpar a un pobre?) que el 29 de mayo de 2010 Antonio Guile robó el bolso de una mujer que conducía un vehículo en una calle de la capital andaluza. Según el juzgado, que no según la realidad, lo que sucedió fue que un atracador golpeó el cristal del copiloto con una piedra y mantuvo un forcejeo con la víctima en el que ambos resultaron heridos. La policía obtuvo en la inspección ocular del vehículo una prueba de sangre del ladrón. La víctima del robo reconoció “sin género de dudas” y en “tres momentos procesales” (según la escoria judicial y la no menos escoria prensa burguesa) distintos a Antonio Guile como el hombre que le había sustraído el bolso del asiento del copiloto, después de romper la ventanilla de su automóvil. Pero no fue así.

Un año y cinco meses después de aquel atraco, el laboratorio de la Científica remitió al juzgado de Sevilla los resultados de la prueba practicada de ADN. La prueba científica descartaba a Antonio Guile e identificaba a un hombre detenido por otro atraco.

“El análisis del laboratorio y el cotejo de la base de datos- recuerda la Sala en su sentencia- se produjo con posterioridad al enjuiciamiento de los hechos, cuando ya había sido declarada firme la sentencia y ya había fallecido el condenado”. Otra víctima de l@s funcionari@s a sueldo del sistema asesino. Sentencia firme, independientemente de la realidad. Otro pobre muerto.

El alto tribunal recuerda, en un acto de cinismo asqueroso, que el fallecimiento no deja vacua de contenido o carente de finalidad la revisión en tanto que con recursos de este tipo “se trata de sanar situaciones acreditadamente injustas, en las que se evidencia a favor del reo, la inocencia respecto al hecho que sirvió de fundamento para la sentencia condenatoria” … no olvidemos, condena A MUERTE.

“La rotundidad del dato científico- continúa la sentencia- despeja dudas sobre la autoría”… pero la condena fue previa. El tribunal estima que ha quedado acreditado que el delito lo cometió una persona que no era Antonio Guile. Enhorabuena burguesía, otra víctima más de vuestra genocida máquina burocrática… la vida de un@s, resuelta, la vida de otr@s, en manos de est@s parásit@s.



No hay comentarios:

Publicar un comentario